6 ¿Cuáles son las consecuencias de fallecimiento?

La muerte de un cónyuge conduce a la disolución del régimen económico matrimonial, con las consecuencias que se presentan en el apartado 5. Además, el cónyuge supérstite tiene derecho a recibir una parte de la herencia del difunto en virtud de la Ley de sucesión.