5 ¿Cuáles son las consecuencias del divorcio/separación?

5.1. ¿Cómo se divide la propiedad (derechos reales)?

Inglaterra/Gales

En caso de divorcio, a los tribunales se les concede una amplia gama de facultades discrecionales para que dicten una gran diversidad de órdenes (conocidas como "liquidación de los efectos económicos"), que incluyen una nueva asignación o incluso la venta de patrimonio, colocación de bienes en fideicomisos, realización de pagos globales, pagos periódicos,  órdenes relativas a pensiones, etc. (artículos 21 y ss. Ley de causas matrimoniales de 1973). La legislación del artículo 25 enumera "asuntos que el tribunal ha de tener en cuenta al decidir cómo ejercer sus poderes" y entre estos, se ha de considerar en primer lugar el bienestar de los hijos de la familia. El objetivo último de la liquidación de los efectos económicos es lograr un resultado justo. En el asunto de Miller v. Miller; McFarlane v. McFarlane [2006] UKHL 24 la Cámara de los Lores identificó tres " criterios" de justicia,  necesidades (tanto de las partes como de los hijos), la compensación (de desventajas generadas por la relación) y la distribución (de bienes). Dado que en muchos casos, si no la mayoría, las necesidades superan los bienes, estas serán a menudo el factor determinante y, por ello en muchos casos, los demás " criterios" de la justicia no juegan un papel importante o, de hecho, ninguno en absoluto.

Dicho esto, en el mismo asunto, los principales argumentos parecían indicar que determinados conjuntos de bienes (especialmente los prematrimoniales, los heredados o y los recibidos como donación, o los "bienes no matrimoniales") debían tratarse de forma diferente que los " frutos del trabajo conjunto" y  hogar conyugal con respecto a la distribución tras el divorcio. Pero también se sostenía que cuanto más hubiera durado la relación, menos importancia debería darse a tal distinción.

Escocia

Los cónyuges pueden acordar la división. En caso de no poder llegar a un acuerdo, cualquiera de ellos puede reclamar una dotación económica tras el divorcio basándose en los principios recogidos en el artículo 9 de la Ley de Derecho de Familia (Escocia) de 1985. Uno de dichos principios estipula que el valor neto del "patrimonio matrimonial" tal y como está definido [es decir, el patrimonio adquirido por los cónyuges, que no sea el obtenido por donaciones o herencias, durante el matrimonio, aunque con anterioridad a la fecha en que se separaron e incluyendo cualquier vivienda comprada con vistas al matrimonio; artículo 10 de la Ley de Derecho de Familia (Escocia) de 1985] ha de ser distribuido con justicia entre los cónyuges [artículo 9, párrafo 1, letra a) de la Ley de Derecho de Familia (Escocia) de 1985]. La distribución justa supone que el valor neto se divida por lo general de forma igualitaria entre ellos, aunque el tribunal tiene poder para no imponer una igualdad estricta en circunstancias especiales [véase el artículo 10, párrafo 6 de la Ley de Derecho de Familia (Escocia) de 1985].

5.2. ¿Quién se hace responsable de las deudas existentes después del divorcio/separación?

Inglaterra/Gales

Véase la respuesta a la pregunta 2.6.

Escocia

El cónyuge que fuera responsable antes, lo sigue siendo después.

5.3. ¿Puede uno de los cónyuges reclamar una compensación?

Inglaterra/Gales

No, pero véase la respuesta a la pregunta 5.1.

Escocia

El efecto del principio de distribución justa del valor neto del patrimonio matrimonial tras el divorcio supone que un cónyuge pueda reclamar un pago del otro para lograr la igualdad.