4 ¿Puede o debe registrarse el régimen económico matrimonial?

El notario ha de inscribir el contrato matrimonial en un plazo de 15 días tras la fecha de la suscripción de este.

4.1. ¿Existe uno o más registros de propiedad matrimonial en su país? ¿Dónde?

Solo existe un registro. Se trata del Registro Público administrado por el Ministerio de Justicia.

4.2. ¿Qué documentos se registran? ¿Qué información se registra?

Se ha de registrar la siguiente información: el hecho de que se ha suscrito un contrato matrimonial; la fecha de la escritura; los datos de las partes contratantes; y el tipo de régimen económico matrimonial elegido por las partes para que regule sus relaciones patrimoniales.

4.3. ¿Cómo y quién tiene acceso a la información registrada?

Cualquier persona que solicite la información, puede acceder a la registrada en el Registro Público. Se realiza una solicitud por escrito en el Registro y se recibe una respuesta oficial en el plazo de 10 días tras su presentación. Los notarios pueden acceder al Registro en línea y obtener una respuesta inmediata.

4.4. ¿Cuáles son las consecuencias legales del registro (validez, oponibilidad)?

El principal efecto es que se presume que terceros (especialmente acreedores) son conocedores de la existencia del contrato matrimonial.